En la Provincia de Buenos Aires es obligatorio para habilitaciones y explotación de establecimientos como bares, clubes, edificios de oficinas, fábricas y la mayoría de las explotaciones comerciales, realizar el PLANO E INFORME ANTISINIESTRAL.
En el mismo se informa a la autoridad competente:
.Estudio de Carga de fuego.
.Cálculo de cantidad, tipo y ubicación de extintores.
.Cálculo de iluminación de emergencia.
.Factor de ocupación.
.Cálculo de cantidad y ubicación de bocas de impulsión.
.Cálculo y ubicación de diferentes detectores (humo, gas, etc.)
.Cálculo de las vías de escape y sus correspondientes dimensiones.
.Ubicación de toda la pictografía necesaria.
.Cálculo de la capacidad mínima de los tanques de agua.
Es decir, ésta tarea profesional establece las medidas de prevención edilicias ante un siniestro. Se complementa con el Plan de Evacuación, el cuál prepara los recursos humanos ante la emergencia.